Según El Ministerio de trabajo la ampliación es por seis meses más, lo que significa que a partir del 1° de junio del 2017, empresas públicas y privadas deben iniciar su implementación El Sistema incluye cinco fases:
- Evaluación inicial
- Plan de mejoramiento
- Ejecución
- Seguimiento
- plan de mejora, e inspección, vigilancia y control
La fecha límite establecida en el Decreto 171 de 2016, era el 31 de enero de 2017, para todas las empresas tanto públicas como privadas sin tener en cuenta su tamaño y el número de trabajadores, pues se acordó unificar y aplicar para todos por igual. La decisión de ampliar el plazo se establece mediante Decreto 052 del 12 de enero de 2017, firmado por la ministra del Trabajo, Clara López Obregón.
Es de recordar que esta normativa busca identificar los peligros, evaluar y valorar los riesgos y establecer los respectivos controles, mediante la mejora continua del Sistema en las empresas para controlar las contingencias que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo, destacó la viceministra de Relaciones Laborales e Inspección, Mariella Barragán Beltrán.
Según información suministrada por las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) no existe aún un adecuado desarrollo en la ejecución de este Sistema, por lo que se requiere establecer su cumplimiento, vigilancia y control por etapas o fases, motivos estos que hacen necesario prorrogar el plazo de transición para la sustitución del programa de Salud Ocupacional por el nuevo SG-SST.
¿Pero qué implica acogerse al nuevo sistema?
Es un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua, con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo. Su principal razón "es prevenir las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo a los cuales están expuestos los empleados, reduciendo al mínimo los accidentes y enfermedades laborales que se puedan presentar", explicó Barragán.
La implementación del SG-SST debe ser liderada por el empleador con la participación de los trabajadores para lograr la aplicación de las medidas de prevención y control eficaz de los peligros y riesgos en el lugar que laboran.
Igualmente, las ARL brindarán la asesoría, capacitación, realizarán campañas de asistencia técnica en las diferentes fases de implementación del Sistema para todos sus afiliados obligados a adelantar este proceso, explicó la directora de Riesgos Laborales del MinTrabajo, Letty Rosmira Leal.
Ministerio de Trabajo (2017). MinTrabajo amplia plazo para implementar el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo. Bogotá, 17 de enero. Obtenida de: http://www.mintrabajo.gov.co/enero-2017/7515-mintrabajo-amplia-plazo-para-implementar-el-sistema-de-gestion-de-la-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-.pdf
Es preciso recordar que el incumplimiento de las empresas respecto a las obligaciones relacionadas con el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, van desde una multa hasta el cierre de la empresa.
ResponderBorrarLas multas pueden llegar a los 500 salarios mínimos mensuales y el cierre temporal hasta 120 días, e incluso el cierre definitivo, por lo que este es un asunto serio, a continuación el link donde podrán consultar el artículo 13 de la ley 1562 del 2012.
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/Ley-1562-de-2012.pdf