domingo, 23 de abril de 2017

USO INDEBIDO DE PACTOS COLECTIVOS

Quizá una de las más flagrantes violaciones por parte de los empleadores frente al uso, promoción y firma de pactos colectivos es la inherente a los procedimientos establecidos para la concreción de pactos, a continuación algunos criterios para identificar su uso indebido:

1. Pacto Colectivo es superior a la convención colectiva
2. Pacto colectivo como límite para la negociación colectiva
3. El pacto colectivo se aplicó sin surtir requisitos legales (art 481 CST) 
4. Inexistencia de denuncia del pacto colectivo
5. Pacto colectivo tiene los mismos derechos que la convención colectiva.
6. Se presiona la adhesión masiva de trabajadores no sindicalizados al pacto durante el proceso de negociación de la convención
7. Ante el incumplimiento del pacto colectivo por parte del empleador los trabajadores beneficiarios del pacto no exigen el cumplimiento.
8. Disminución de afiliación sindical ante la aparición de un nuevo pacto colectivo o resistencia al crecimiento de la nueva organización sindical ante un pacto ya existente
9. Los trabajadores no sindicalizados perciben el pacto colectivo como una prebenda del empleador no el producto de una negociación
10. El pacto colectivo se usa ilegalmente cuando el sindicato es mayoritario
11. La fusión entre empresas para acabar con sindicatos mayoritario e imponer libremente pacto colectivo.
12. La violencia contra la vida e integridad personal de trabajadores sindicalizados para que se desafilien del sindicato y se acojan pacto colectivo. 
13. El pacto colectivo que ya existe en la empresa y ante la afiliación de trabajadores a una organización sindical son discriminados.  


Escuela Nacional Sindical, (S.F). Criteros para identificar el uso indebido de los pactos colectivos.  Medellin, Colombia. obtenida de: http://www.ens.org.co/wp-content/uploads/2016/11/CRITERIOS-USO-INDEBIDO-DE-PACTOS-COLECTIVOS-1.pdf

Antecedentes de derecho laboral y colectivo

Derecho Laboral - Pacto Colectivo. by katherine on Scribd

Seguridad Social, by katherine on Scribd

¿SABIAS QUE?

La importancia de la negociación colectiva radica en si persigue los siguientes objetivos estratégicos:



  • Ser fuente de derecho laboral y constituir a la vez una «legislación de segundo piso» 
  • Constituir un medio esencial de redistribución de la riqueza socialmente generada 
  • Crear las condiciones de estabilidad y armonía laboral necesaria para el desarrollo económico y social 
  •  Establecer las bases para la democratización de las relaciones laborales 
  • Armonizar el interés de la empresa o empresas, los trabajadores y la sociedad 
  • Ser un proceso al través del cual se resuelven los conflictos en el mundo del trabajo.

Villada, J (S.F). La Negociación Colectiva en Colombia. Obtenida de: http://white.lim.ilo.org/proyectoactrav/pry_rla_06_m03_spa/actividades/documentos/colombia/tallernac_lsync_negociacioncolectivaencolombia.pdf

lunes, 3 de abril de 2017

SINDICATO


Sindicato: jurídicamente puede sostenerse que un sindicato es una organización sin ánimo de lucro, integrada por un grupo de trabajadores, cuyo objetivo es la defensa y promoción de sus intereses sociales, económicos y profesionales








INTEGRANTES

Integrantes.

  • Anyela Lorena Tapia Grijalba
  • Brenda Alejandra Pirazan Estupiñan 
  • Erika Andrea Bernal Cardenas
  • Katerin Yurley Perea Moreno 
  • Lorena Alejandra Cepeda Vega

PERFIL DEL GRUPO 

Somos un equipo de trabajo organizado y comprometido con nuestros estudios superiores  basados en el cumplimiento de los objetivos. actualmente nos encontramos adelantando estudios superiores en la Institución Universitaria Politécnico Grancolombiano. nuestro propósito es adquirir nuevos conocimientos ser grandes profesionales y mejorar nuestra calidad de vida.



miércoles, 29 de marzo de 2017

PACTO COLECTIVO


El pacto colectivo es un acto jurídico que se realiza entre el empleador y uno o varios trabajadores no sindicalizados, se aplica de manera similar a la convención colectiva y por disposición legal solamente puede haber un pacto colectivo vigente.


Objetivos del pacto colectivo

* Obtener la participación de los trabajadores y los empleadores en la regulación de sus relaciones
* Adaptar las necesidades de los implicados como los cambios técnicos y económicos para un bien en común
* Obtener la participación de los trabajadores y los empleadores en la regulación de sus relaciones

Los pactos y las convenciones son instrumentos o mecanismos para la negociación colectiva, destinada a dar solución y a poner fin a los conflictos colectivos de trabajo y a evitar que éstos desemboquen en la huelga. Los pactos y las convenciones colectivas tienen como finalidad fijar las condiciones que regirán los contratos de trabajo durante su vigencia". Es decir, que unos y otras tienen no sólo un carácter normativo sino un elemento obligatorio o aspecto obligacional, con los alcances que quedaron precisados en la aludida sentencia C-009 de 1994. Los pactos y convenciones se rigen por normas jurídicas comunes. El patrono goza de libertad para celebrar con los trabajadores no sindicalizados pactos colectivos, que pueden coexistir con convenciones colectivas de trabajo. No obstante, esta regla general tiene su excepción en el art. 70 de la ley 50 de 1990, que dice: "cuando el sindicato o sindicatos agrupen más de la tercera parte de los trabajadores de una empresa, ésta no podrá suscribir pactos colectivos o prorrogar los que tenga vigentes".

Video: https://www.youtube.com/watch?v=NJltUsXaoAg

Referencias: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33104 https://prezi.com/omsi1lj2rh0j/pacto-colectivo-y-convencion-colectiva/

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SEIS MESES MAS PARA IMPLEMENTAR EL SGRL

Según El Ministerio de trabajo la ampliación es por seis meses más, lo que significa que a partir del 1° de junio del 2017, empresas ...